Requisitos para traspaso de estudiantes nacionales

IMPORTANTE:

De acuerdo al Reglamento de traspasos y convalidaciones vigente (clic aquí para ver)

Art.8. El requisito para solicitar traspaso es haber aprobado al menos cuatro asignaturas semestrales o dos asignaturas anuales del plan de estudios, en la carrera de origen, cuya antigüedad de aprobación no sea mayor a cinco años.

Pasos previos para iniciar la solicitud de traspaso y pre-convalidación

Dirigirse a la Unidad de Marketing y Admisiones para solicitar el formulario de traspaso.

El estudiante interesado en realizar el traspaso debe presentar un Kardex, Certificado de Notas o un documento en físico mediante el cual se identifiquen el nombre completo del o la estudiante, las materias cursadas y las notas de aprobación de las mismas.

Presentar el formulario a la Dirección de Carrera para:

Recibir la evaluación de materias posibles a convalidar.

Retornar a Admisiones para realizar la cotización de su semestre con las materias posibles a tomar o iniciar la inscripción.

Nota: En caso de no asistir presencialmente, enviar el Kardex al correo admisiones.cba@ucb.edu.bo indicando nombre completo, universidad de origen, carrera de destino, semestre o año que cursó.

⚠️ En caso de querer realizar la inscripción, deberá presentar los siguientes requisitos imprescindibles para iniciar el proceso de inscripción, traspaso y convalidación:

Traspaso

Requisitos para traspaso de estudiantes nacionales

Importante: De acuerdo al Reglamento de traspasos y convalidaciones vigente (clic aquí para ver).

Art. 8. El requisito para solicitar traspaso es haber aprobado al menos cuatro asignaturas semestrales o dos asignaturas anuales del plan de estudios, en la carrera de origen, cuya antigüedad de aprobación no sea mayor a cinco años.

1.- En el caso de universidades estatales o EMI: presentación del formulario de traspaso de la universidad de origen (el mismo formulario es solicitado en esa universidad).

⚠️ Si es Universidad Privada: solicitud escrita dirigida al Mgr. Monica Daza Ondarza Salamanca, Rectora de Sede de la Universidad Católica Boliviana “San Pablo”, adjuntando la siguiente documentación:

🔵 Fotocopia del Kardex, Certificado de Notas o un documento en físico mediante el cual se identifiquen el nombre completo, las materias cursadas y las notas de aprobación de las mismas y el formulario de traspaso que le brinda la UCB.

⚠️ Certificado de antecedentes de la universidad de origen (documento que demuestra que no ha tenido mal comportamiento o falta disciplinaria).

2.- Para la inscripción oficial del estudiante, deberá traer los siguientes documentos personales:

Documentos indispensables para la inscripción:

  • Fotocopia legalizada del Diploma de Bachiller, tramitada en SEDUCA, la misma que tiene el valorado o timbre color rojo o, de manera provisional, se aceptará una fotocopia simple.
  • Certificado de nacimiento original computarizado actual del año.
  • Fotocopia simple de la cédula de identidad.
  • Tres fotografías tamaño 3 x 3 a color con fondo celeste o plomo claro.

Documentos con plazo de 1 semestre para la entrega:

  • Certificado original de notas, expedido por la Universidad de origen.
  • Programas analíticos de las asignaturas aprobadas, oficiales o legalizadas, expedidas por la Universidad de origen.
  • Certificado original de la carga horaria de cada asignatura.
  • Para el caso de universidades privadas, fotocopia de la resolución ministerial de aprobación del programa.

Nota:

⚠️ Art. 23. Si el estudiante no presenta la documentación o no cumple lo que especifica en el Reglamento, en un plazo máximo de seis meses de haber ingresado a la U.C.B., la convalidación no procede. En este caso, el estudiante deberá cursar y aprobar las materias o someterse a exámenes de suficiencia.

Mientras no se den por convalidadas las materias que son requisito en el plan de estudios, el estudiante no podrá cursar materias correlativas.

Requerimiento de plazo adicional, el interesado deberá solicitar formalmente y hacer autorizar por las Autoridades de Sede.

Requisitos para traspaso de estudiantes extranjeros con estudios en el exterior

Traspaso 2

IMPORTANTE: De acuerdo al Reglamento de traspasos y convalidaciones vigente (clic aquí para ver)

Art. 8. El requisito para solicitar traspaso es haber aprobado al menos cuatro asignaturas semestrales o dos asignaturas anuales del plan de estudios, en la carrera de origen, cuya antigüedad de aprobación no sea mayor a cinco años.

1.- Para la inscripción oficial del estudiante, deberá traer los siguientes documentos personales:

  • Resolución de homologación del Título de Bachiller debidamente legalizado. Provisionalmente por un semestre, se aceptará la fotocopia simple del Título de Bachiller, pudiendo prorrogarse excepcionalmente este plazo por causas justificadas y debidamente acreditadas.
    Nota: Todo trámite debe ser realizado por el interesado.
  • Fotocopia simple de cédula de extranjero o fotocopia del pasaporte con la respectiva visa de residente o estudiante. Tanto el pasaporte como la visa deben estar vigentes.
  • Certificado de nacimiento original apostillado. Provisionalmente por un semestre, se aceptará la fotocopia simple del certificado de nacimiento o fotocopia simple del pasaporte, pudiendo prorrogarse excepcionalmente este plazo por causas justificadas y debidamente acreditadas.
    Nota: Todo trámite debe ser realizado por el interesado.
  • Visa del estudiante vigente según las normas migratorias correspondientes.
  • Certificado original de notas expedido por la universidad de origen, apostillado.
  • Programas analíticos de las asignaturas aprobadas, debidamente legalizadas y apostilladas.
  • Certificado original de la carga horaria de cada asignatura, apostillado.
  • Para el caso de Universidades Privadas, fotocopia de Resolución Ministerial de aprobación de programa.

Los traspasos de universidades extranjeras se regirán a los acuerdos internacionales vigentes en educación superior y a los convenios suscritos entre las universidades extranjeras y la U.C.B.

Nota: Consultar en la Universidad de origen sobre la Apostilla.

⚠️ Art. 23. Si el estudiante no presenta la documentación o no cumple lo que especifica en el Reglamento, en un plazo máximo de seis meses de haber ingresado a la U.C.B., la convalidación no procede. En este caso, el estudiante deberá cursar y aprobar las materias o someterse a exámenes de suficiencia.

Mientras no se den por convalidadas las materias que son requisito en el plan de estudios, el estudiante no podrá cursar materias correlativas.

Requerimiento de plazo adicional, el interesado deberá solicitar formalmente y hacer autorizar por las Autoridades de Sede.

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